Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2017-S1
Fecha: 19-Jul-2017
II.3.
II.3. El 29 de julio de 2016, Fabián Horacio Rodríguez Velasco, Director General de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, ahora demandado, mediante Memorándum 540/2016, comunicó al ahora accionante que a partir de la indicada fecha se prescindían de sus servicios laborales, por una etapa de reestructuración de la entidad, debida a motivos económicos (fs. 80).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 12
- ante la negativa por parte del empleador de dar cumplimiento de la conminatoria de reincorporación emitida por la Jefatura del Trabajo abre inmediatamente la posibilidad de activar la acción de amparo constitucional
- REVOCAR