SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2017-S1
Fecha: 19-Jul-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de violación de niña, niño y adolescente, el 25 de noviembre de 2015 el “Juez Primero de Instrucción Penal de Sacaba” del departamento de Cochabamba, dispuso su detención preventiva, la que cumplió por el plazo de once meses; es así que, el 7 de octubre de 2016, en audiencia de cesación a la detención preventiva, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la mencionada localidad dispuso la aplicación de medidas sustitutivas, entre ella el arresto domiciliario; determinación que fue apelada por la representante del Ministerio Público, habiéndose señalado audiencia de consideración para el 9 de noviembre del citado año.
Desarrollada la citada audiencia, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba anuló la resolución impugnada, disponiendo que se lleve a cabo una nueva audiencia de cesación a la detención preventiva, bajo el fundamento de que el fallo cuestionado carecía de motivación y congruencia; una vez devuelto el expediente al Tribunal de origen, éste señaló audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva para el 28 de noviembre de 2016; sin embargo, fue suspendida por inasistencia de su abogado defensor y del acusador particular.
La anulación de obrados le generó agravio, por cuanto la jurisprudencia contenida en la SCP 0686/2015 de 10 de junio, señaló que en apelación no está permitido anular obrados cuando se verifique que el juez a quo omitió explicar los motivos que le llevaron a rechazar o modificar una medida cautelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 12
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR