SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2017-S1
Fecha: 19-Jul-2017
Fragmento 16
La autoridad demandada por Auto de Declaratoria de Firmeza ARIT-LPZ-0144/2016 de 29 de junio, declaró firme la Resolución ARIT-LPZ/RA 0442/2016; toda vez que, ninguna de las partes interpuso recurso jerárquico dentro del término establecido al efecto, habiendo sido notificado a la Empresa peticionante de tutela en igual data; sin embargo, su representante legal presentó recurso jerárquico el mismo día, porque a su entender y en aplicación del art. 21.III de la LPA, tenían cinco días adicionales de plazo a los veinte estipulados por ley; empero, el recurso fue rechazado por extemporáneo mediante proveído de 1 de julio de 2016, con el que se le notificó el 6 de igual mes y año, conforme se evidencia de Conclusiones II.5 al 9 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, determinación que la Empresa accionante considera vulneradora de sus derechos fundamentales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Derecho a la defensa
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- REVOCAR