SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0704/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
II.1.
II.1. Cursa nota de recepción firmada por la auxiliar de la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, donde consta el ingreso de la acción de libertad, adjuntando la siguiente documentación: 1) Copia de memorial recepcionado el 19 de diciembre de 2016; 2) Informe de Defensa Pública de 22 de diciembre de 2016; 3) Copia de memorial recepcionado el 16 de diciembre de 2016; 4) Oficio de SEDEGES-DIR 817/2016; 5) Informe legal 098/2016; 6) Fotocopia simple de memorial de 19 de enero de 2017; 7) Impresión de mandamiento de aprehensión; 8) Impresión de mandamiento de búsqueda por aprehensión; 9) Comprobante de caja de acción de libertad 0408119; 10) Carátula del sistema judicial IANUS; y, 11) Memorial que presenta acción de libertad con tres fotocopias simples (fs. 7). [Se advierte que en el expediente de acción de libertad únicamente cursan los incisos h), i) y j)].
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PLANTEA EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA DE DICHO JUEZ
- FOTO DEL CITADO MENOR EN TODAS LAS REDES SOCIALES
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- el acto que vulnera el debido proceso se constituye en la causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad,
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras Consideraciones
- REVOCAR en parte