SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0704/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0704/2017-S2

Fecha: 31-Jul-2017

III.4.  Otras Consideraciones

Llama la atención a este Tribunal, la excesiva demora en la remisión del cuaderno de acción de libertad, tomando en cuenta que la audiencia de acción de libertad se realizó el 9 de febrero de 2017 y de acuerdo a nota de remisión recién el 6 de junio del mismo año se remite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, habiendo pasado superabundantemente el plazo previsto por el art. 38 del CPCo. En consecuencia, se emite una severa llamada atención a la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni por ocasionar demora en la impartición de justicia.

Preocupa a este Tribunal y llama la atención, que no cursa en obrados los documentos que fueron adjuntados en la presentación de la acción de libertad y se encuentran enunciados en nota de recepción signado por la auxiliar de Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, donde indica la presentación de once documentos y únicamente cursan tres, detallados en Conclusiones II.1 del presente fallo. En tal sentido se emite una severa llamada de atención, al personal de apoyo jurisdiccional del Tribunal de Sentencia Penal, del Juzgado Público de Partido y de Sentencia Penal de Santa Ana de Yacuma del departamento de Beni, conminando a tener mayor precaución en el manejo de documentación que constituye prueba inminente. Se sugiere al Juez como responsable de su despacho, en caso de ser pertinente remitir antecedentes ante la representación del Concejo de la Magistratura del departamento de Beni, para su investigación y sanciones disciplinarias.

Otro aspecto que llama la atención y que no puede ser tutelado, debido a que no fue demandado, tiene que ver con la inobservancia del plazo previsto por el art. 314.III del CPP, para la remisión del recurso de apelación interpuesto. A cuya inobservancia se produce dilación indebida y queda en suspenso la situación jurídica del menor AA.