SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2017-S3
Fecha: 28-Jul-2017
concedió
El Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 05/2017 de 3 de marzo, cursante de fs. 14 a 16, concedió la tutela solicitada, y dispuso que los accionantes sean privados de libertad conjuntamente la demás población penitenciaria del Recinto Penitenciario “El Abra” de ese departamento y asimismo se les permita recibir visitas. Con los siguientes fundamentos: 1) En audiencia pública ante la inasistencia de la autoridad demandada, y menos tener conocimiento de algún informe, se estableció que la vulneración de derechos y garantías constitucionales se ha manifestado por dicha autoridad, quien tenía la obligación de presentar prueba a considerarse en la referida audiencia conforme establece la SCP 0087/2012 de 19 de abril; 2) Sí es evidente que “…en el presente caso se encontraban recluidos anteriormente por un caso el mismo no restringe derechos solamente en tanto y cuanto se precautelen los mismos, siendo que los recluidos contaban con un otro caso atendido por la Jueza Cautelar Sexta de Instrucción en lo Penal y estaba la aplicación de medidas cautelares impuestas como ser la detención preventiva” (sic); y, 3) Corresponde el cumplimiento de la orden judicial dentro de los predios del Recinto Penitenciario “El Abra” de Cochabamba y no en “aislamiento”.