Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado de la parte accionante ratificó el contenido inextenso de la acción de amparo constitucional, y ampliándola expresó lo siguiente: Una consultora agraria especializada estableció que según el plano del expediente agrario 31623 “GNADENFELD”, que corresponde a los documentos de transferencia de Robert Gómez Medina y María Rosa Chávez de Arostegui, determina una ubicación en la parte sur del Sindicato Agrario “COSORIO” como se puede ver en los gráficos, demostrando que no hay desplazamiento de dicha parcela y que está sobrepuesta totalmente a la parcela 043, que alega ser de propiedad de Pura Méndez Gutiérrez y a la parcela 044 que fue declarada tierra fiscal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho al debido proceso en sus vertiente de fundamentación, motivación y congruencia
- REVOCAR