SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante Memorándum 180/2014 de 1 de septiembre, fue designada en el cargo de Jefa de la Unidad de Presupuesto, dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas de la Secretaría Departamental de Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Agropecuario del Gobierno Autónomo Departamental del Beni; encontrándose en el desempeño de esas funciones, por Memorándum 103/2015 de 25 de mayo, fue designada como Directora Interina de la Dirección referida precedentemente a partir del 29 del mismo mes y año hasta que dure la vacación del Director en ejercicio; posterior a ello, mediante Memorándum 0273-A/2015 de 4 de noviembre, fue nombrada como apoyo a la Dirección de Gestión Ambiental y Biodiversidad, dependiente de la misma Secretaría, conservando su mismo nivel salarial, interín durante el cual, solicitó se le extienda un informe legal respecto a la inamovilidad laboral que le correspondería; toda vez que, como lo demuestra el informe médico de 21 de julio de 2016, su hermano –del cual es tutora y directa responsable–, tiene un grado de discapacidad que no le permite valerse por sí solo, teniendo un diagnóstico de cuadriplejia tipo espástica; dichos extremos se encuentran respaldados por el Comité Nacional de Personas con Discapacidad (CONALPEDIS); es así que, el 25 de agosto del mismo año, mediante nota dirigida al demandado en su calidad de Secretario Departamental de Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Agropecuario de la referida entidad, solicitó su inamovilidad laboral por la situación de discapacidad de su hermano que está bajo su cuidado; sin embargo, el 31 de igual mes y año, la referida autoridad emitió el Memorándum 209-A/2016 comunicándole que a partir de esa fecha quedaba cesante de sus funciones; motivo por el cual, se apersonó ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, entidad en la que, la Inspectora Departamental del Trabajo del departamento del Beni, emitió Informe JDTEPS-I.A. 0085/16 de 15 de septiembre de 2016, sugiriendo al Jefe Departamental de Trabajo del mencionado departamento, que se proceda a conminar al demandado para que su persona sea reincorporada a su fuente laboral, así como el pago de todos sus beneficios sociales actualizados al día de su reincorporación.