SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2017-S2

Fecha: 31-Jul-2017

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 05/2017 de 13 de junio, cursante de fs. 26 a 28, concedió la acción de libertad, disponiendo que el Juez de Instrucción Penal Primero de El Alto del mismo departamento, remita ante el Tribunal de alzada y sin esperar los recaudos de ley, las apelaciones interpuestas por la accionante, con los siguientes fundamentos: a) Las Resoluciones 177/2017 de 22 de mayo y 189/2017 de 29 de igual mes, que fueron apeladas oportunamente por la parte imputada, conforme la SCP 0187/2014 de 30 de enero, y los arts. 251 y 405 del CPP, tratándose de cesación a la detención preventiva y la actividad procesal defectuosa, respectivamente, debieron ser remitidas dentro del plazo de veinticuatro horas, ante el Tribunal de alzada; y, b) Según la SCP 0381/2013 de 25 de marzo, la autoridad jurisdiccional debe elevar ante el tribunal de apelación, el acta de audiencia de medida cautelar y copia de la resolución que imponga la misma, advirtiendo al recurrente que las demás diligencias corren por su parte y que deben ser provistas dentro del plazo de veinticuatro horas, caso contrario, el Juez demandado deberá remitir las actuaciones que estén en su poder.