SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

i)

Hugo López Rodríguez, mediante Poder Notarial 020/2017 de 31 de enero, otorgado por el demandado Luis Carlos Zambrano Aguirre, Rector de la Universidad Autónoma del Beni (UAB “José Ballivián”), por informe escrito cursante de fs. 59 a 61 vta. y en audiencia, indicó lo siguiente: i) El 5 de diciembre de 2016, planteó recurso de revocatorio, siendo que hasta la fecha no fue resuelto por la Jefatura Departamental del Trabajo del Beni, el mismo que se realizó en base a hechos arbitrarios de normas laborales y administrativas aplicadas de forma arbitraria,  por parte de la accionante, contra dicha Universidad, la cual tendría normas internas tanto laborales como administrativas de forma autónoma amparadas en la  Constitución Política del Estado; ii) La presente acción tutelar carece de funcionamiento legal; dado que, la redacción y la argumentación de defensa es totalmente incoherente y temeraria; puesto que, se evidencia que dicha accionante es docente interina y que la asignatura que ellos regentaban no está abierta debido a la falta de cupo de alumnos para que se dé la apertura de los paralelos, puesto que dicha situación injustificable tomaría un enorme perjuicio a dicha casa superior de estudios dentro los periodos académicos; iii) No hubo argumentación respaldatoria por parte de la accionante sobre hacer valer alguna prueba con respecto a un despido injustificado de conformidad al Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, el cual no tiene fuerza probatoria y más al contrario dicha institución si tendría justificativo legal; iv) La reincorporación sería un daño económico a UAB y por ende al Estado; v) Se ha incurrido en una negligencia incomprensible sobre la conminatoria CJCR-JDTEPS-BENI 0025/2016, algo ilógico e incongruente sobre argumentos jurídicos que no pueden ser susceptibles de apoyo legal a la accionante; por tal razón, rechazó dicha conminatoria, realizando el respectivo recurso revocatorio de 5 de diciembre de 2016; por lo que, pidió que se dé cumplimiento al art. 35.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo); dado que, se estaría vulnerando el derecho a la legalidad de las pruebas que tiene fuerza  probatoria, a las normas internas y administrativas de la UAB “José Ballivián” .