SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso y a una justicia pronta; toda vez que, el 10 de marzo de 2017 solicitó audiencia de cesación a su detención preventiva ante el Juez de Instrucción Penal Octavo, quién mediante decreto de 13 del mismo mes y año, señaló audiencia para el 16 de igual mes y año; sin embargo, la citada autoridad demandada suspendió la audiencia programada, alegando que el representante del Ministerio Público había acusado formalmente; razón por la cual, pide se le conceda la tutela impetrada y consecuentemente, se ordene a la autoridad jurisdiccional mencionada realizar la audiencia de cesación a su detención preventiva, sea cualquiera el resultado de la misma.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3.Trámite Procesal
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- II.
- IV.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14