II.3.
II.3. El 11 de mayo de 2016, Santos Teodoro Moya Fernández, Corregidor del Cantón Pisiga Sucre, dentro la demanda de interdicto de recobrar la posesión seguida por Silvia Martha Colque Moya, interpuso excepciones previas de incompetencia, señalando que el Juez de la causa no es competente para dirimir el proceso siendo las autoridades IOC de Pisiga quienes se encuentran plenamente habilitadas para impartir justicia (fs. 170 a 175).
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Hechos que originan el conflicto de competencia jurisdiccional
- I.2. Alegaciones de la Autoridad Originaria
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- garantiza su libre determinación
- En este sentido, la jurisdicción indígena originario campesina es anterior a la jurisdicción ordinaria
- III.2.1. Ámbito de vigencia personal
- de donde puede extraerse que inicialmente alcanza a:
- Los miembros de las colectividades humanas que comparten identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión con existencia precolonial y que ejercen dominio ancestral sobre sus territorios.
- una persona no nacida en una determinada cultura puede adoptar la misma y por ende ser juzgado por la jurisdicción indígena originaria campesina
- es lógico aceptar que es posible el juzgamiento de personas que no necesariamente pertenezcan a la nación o pueblo indígena originaria campesino pero que voluntariamente de manera expresa o tácitamente se sometan a dicha jurisdicción por ejemplo al decidir ocupar sus territorios ancestrales aunque ello no implica que no deba analizarse en cada caso la concurrencia de los ámbitos territorial,
- III.2.2. Ámbito de vigencia territorial
- i)
- conoce los asuntos indígena originario campesinos de conformidad a lo establecido en una Ley de Deslinde Jurisdiccional
- III.2. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE
