AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2017-CA

Fecha: 18-Ago-2017

rechazó

El Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz de la Policía Boliviana, por Resolución 105/2017 de 27 de julio, cursante de fs. 352 a 355, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que los arts. 5, 12 inc. 8) y 14 inc. 17) de la LRDPB, gozan de constitucionalidad conforme a lo dispuesto en los arts. 410 de la CPE y 4 del Código Procesal Constitucional (CPCo), que dispone la presunción de constitucionalidad, mientras el Tribunal Constitucional Plurinacional no declare su inconstitucionalidad; por cuanto en ese sentido las disposiciones impugnadas, no infringen sus derechos al debido proceso, a la defensa material y técnica, a la contradicción, a la presentación de pruebas, a la impugnación, al juez natural, a la inmediación, a    la igualdad procesal; tampoco lesionan las normas contenidas en los arts. 115 de la Norma Suprema; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y 14 del PIDCP; concluyendo que, esta acción de inconstitucionalidad concreta carece de fundamentación jurídica-constitucional.