Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0296/2017-RCA
Fecha: 18-Ago-2017
I.5. Síntesis de la impugnación
Los accionantes manifestaron que en una interpretación del art. 29.6 del CPCo, todas las citaciones en todas las acciones de defensa, deben realizarse en forma personal o mediante cédula, entendiendo como la notificación en el domicilio procesal de la parte, aplicando en forma integral las disposiciones del régimen de comunicaciones en materia constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- los derechos de toda persona natural o jurídica, reconocidos por la Constitución Política del Estado y la Ley
- II.2. De los requisitos de admisión de la acción de amparo constitucional
- están llamados a exigirlos
- II.4. Análisis del caso concreto
- dentro del plazo de 3 días
- CONFIRMAR