Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2017-ECA
Fecha: 21-Ago-2017
NO HA LUGAR
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la autoridad que le confiere el art. 196.I de la Constitución Política del Estado; y el art. 13 del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar: NO HA LUGAR a la complementación y aclaración de la SCP 0069/2016 de 27 de octubre, solicitada por José María Caballero Alcocer en representación legal del Banco Central de Bolivia, al ser claros y precisos los términos de la referida Sentencia Constitucional Plurinacional.