Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2017-0
Fecha: 10-Ago-2017
II.2.
II.2. Por Auto 104 de 1 de julio de 2016, la Sala Civil, Familiar de la Niñez y Violencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró no ha lugar a la solicitud de queja; así también Marianela Zambrana Ledo fue notificada con la referida Resolución el 8 de julio del citado año (fs. 5 y vta.; y 6 del dossier). No cursa en el legajo que hubiese impugnado dicha Resolución.