SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0714/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0714/2017-S3

Fecha: 08-Ago-2017

1)

Del contenido del Auto de Vista 188/2016, se advierte que los Vocales demandados identificaron claramente los aspectos que fueron objeto del recurso de apelación incidental presentado por parte de los ahora accionantes contra el Auto 419/2016, mismos que fueron los siguientes: 1) La Jueza a quo omitió pronunciarse respecto al ahora accionante Paulino Marcos Pérez, quien ya había cumplido con la constitución de garantes para hacer efectiva las medidas sustitutivas impuestas, revocando ilegalmente las mismas; 2) La autoridad judicial codemandada no se sometió a las exigencias del Auto de Vista 123/2016 de 20 de octubre, mediante el que se anuló una anterior Resolución de revocatoria ordenando la emisión de un nuevo fallo; y, 3) La Jueza codemandada no refirió la concurrencia de ninguna causal prevista en el art. 247 del CPP para justificar la revocatoria de las medidas sustitutivas, así también omitió asumir fundamentos relativos a la concurrencia de los riesgos procesales de los arts. 233, 234 y 235 del mismo Código considerados como concurrentes en su caso.