SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2017-S3

Fecha: 17-Ago-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra, desde aproximadamente cinco años, el Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de La Paz -ahora demandado- y otros, con alianzas vinculadas con Humberto Quispe Poma, Blady Choquetilla Mayta y otros, vienen realizando una persecución penal por un delito vinculado a un contrato de préstamo con garantía hipotecaria, el cual fue cancelado y pagado en la vía civil en el Juzgado Decimocuarto del Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz a pesar que este contrato no se encontraba en mora; sin embargo, su socia y amiga de todo ese grupo de apellido Martinez Huanqui abrieron un proceso en la zona Sur, mismo que fue rechazado por la Fiscal Fabiana Azero, posteriormente con el afán de quitarle sus bienes abren otro proceso penal con similar objeto, sujeto y causa hasta el punto de privarle de su libertad por cinco años, durante todo ese tiempo el Juez ahora demandado incumplió sus deberes constitucionales y nunca llevó a cabo un incidente de previo pronunciamiento. En ese contexto, el Juez ahora demandado enterándose “…QUE SE LE ESTA ABRIENDO OTRO PROCESO POR INCUMPLIMINETO DE DEVBERES, PREBARICATO, ADEMAS DEL PROCESO DE CONSORCIO DE JUECES FISCALES Y ABOGADOS, SIENDO EL SINDICADO Y PROCESADO, con la mayor descaro e interés pretende seguir llevando mi caso, en vez de excusarse y ponerse a derecho…” (sic). La referida autoridad cometió una serie de atropellos, no resolvió por dos años la recusación planteada en su contra, sin importar que su persona se encontraba con detención preventiva, ante estas circunstancias planteó acción de libertad contra esta autoridad, sorprendidos los jueces de garantías constitucionales le concedieron la tutela.

Finalmente, la autoridad demandada no puede llevar a cabo su proceso, toda vez que está siendo cuestionado ante los “fiscales anticorrupción de La Paz”, aun así  en forma oficiosa y carente de objetividad pretende llevar a cabo el mismo, por tener intereses de por medio y pone como prueba memoriales que hacen mala referencia a su persona, emitiendo criterios anticipados, manteniendo interés de  seguir con ese proceso, para no ser acusado por los delitos que recaen en su contra, reitera que si bien ahora goza de su libertad continúa siendo perseguida en un proceso, toda vez que este fue resuelto en la vía civil.