SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

a)

El accionante a través de su abogada y representante sin mandato, ratificándose de manera in extensa, en el contenido de la demanda interpuesta, complementó que: a) Conforme a la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la misma audiencia cautelar celebrada el 25 de junio de 2017, pudo haber presentado de forma oral la apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 224/2017 que ordenó su detención preventiva, pero lo hizo de forma escrita a través del memorial presentado el 27 del igual mes y año, pero el Juez cautelar dejó que transcurra más de ciento cuarenta y cuatro horas, y no cumplió con su obligación de remitir su mencionado recurso ante el tribunal superior en grado; y, b) A más que dicha autoridad jurisdiccional, ignora que el trámite previsto para la apelación incidental contra una resolución que imponga una medida cautelar, es la establecida por el art. 251 y no por el art. 403, ambos del Código de Procedimiento Penal (CPP), como pretende el demandado, por tal razón y al haber incurrido en demora indebida, impetra se le conceda la tutela planteada.