SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
Fragmento 10
La accionante refiere, que dentro de los múltiples casos seguidos en su contra por Sergio Maldonado Arancibia, tiene un proceso en el cual, él juez de la causa -hora demandado-, cometió varias arbitrariedades contra ella, como ser: solicitó reiteradamente se oficie a efectos de obtener certificados médicos forenses que refieran sobre su delicado estado de salud; sin embargo, el juez ahora demandado no providencio conforme a lo solicitado, que habiendo decretado se extienda una serie de oficios para recabar información sobre su salud, nunca fueron elaborados en el juzgado; solicitó se decline su competencia en razón a que el Juez de Instrucción Penal Primero de Riberalta del departamento de Beni, determine la conexitud de un caso bajo su jurisdicción, con el proceso que conoce el Juez de Instrucción Tercero del departamento de La Paz -ahora demandado,- refiriendo que esta autoridad judicial no providencio dicha solicitud de inhibitoria; finalmente, mantuvo vigente una audiencia a llevarse a cabo en la ciudad de Cochabamba el 31 de marzo de este año, sin atender su pedido de que la audiencia se efectúe en Riberalta, haciendo caso omiso del justificativo que presentó el 30 de marzo para su inasistencia a la audiencia, refiriendo que por problemas de salud no podía trasladarse a lugares de más de 1500 m., ya que implica riesgo para su salud, habiendo adjuntando informe médico del especialista en cardiología; no obstante de aquello, la autoridad judicial ahora demandada, no suspendió la audiencia por el contrario la declaró rebelde y emitió mandamiento de aprehensión lo que en definitiva, vulnera su derecho a la vida.