SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0882/2017-S1
Fecha: 23-Ago-2017
al debido proceso
Ahora bien, conforme lo estipulado en el Fundamento Jurídico III.1, corresponde previamente verificar si la problemática planteada, puede ser dilucidad a través de la presente acción tutelar; a este efecto, corresponde sopesar si lo denunciado se encuentra dentro de la esfera de un supuesto procesamiento indebido por inobservancia de las normas procesales y del principio de celeridad, en ese mérito, corresponde precisar que conforme a la jurisprudencia desarrollada en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la protección otorgada por la acción de libertad cuando se denuncian lesiones al debido proceso, no abarca a todas las formas en que puede ser vulnerado, sino, queda reservada únicamente para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; en esa razón, se identifican dos elementos concurrentes sin los cuales no es posible la tutela del debido proceso vía acción de libertad, los cuales son que: a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; y, b) Exista absoluto estado de indefensión.
Respecto al primer presupuesto, se advierte que la presunta lesión al debido proceso denunciada a través de esta acción tutelar, traducida en la falta de celeridad en la remisión de la apelación interpuesta contra el Auto de 19 de mayo de 2017 que resolvió el incidente de nulidad de imputación por falta de tipicidad, falta de control jurisdiccional y por la concurrencia de defectos absolutos, no se encuentra directamente vinculada con el derecho a la libertad, al no constituirse en causal de su restricción, dado que, el ahora accionante se encuentra ejerciendo de manera irrestricta su derecho a la libertad; por lo que, el primer presupuesto se tiene por no cumplido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al debido proceso y su procedencia a través de la acción de libertad
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- al debido proceso
- REVOCAR