SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
Fragmento 13
El accionante alega que, dentro del proceso penal instaurado en su contra, se dictó Sentencia condenatoria; decisión que impugno a través de recurso que planteó apelación restringida que fue resuelto confirmando el fallo confutado, en tales circunstancias, añade presentó acción de amparo constitucional que fue observada por el Juez de garantías, otorgándosele el plazo tres días para subsanar, actuados que hizo conocer al Juez de Ejecución Penal, toda vez que se había librado mandamiento de captura en su contra, a fin de que deje sin efecto el mismo, hasta que se resuelva la acción de defensa interpuesta, a lo que se dispuso “estese a los datos del proceso”, ejecutándose en consecuencia el indicado mandamiento el 13 de julio de 2017, momento desde el que se encuentra ilegalmente privado de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- «Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad».
- Unos que se encuentran privados de su libertad como consecuencia de una medida judicial de carácter preventiva o cautelar; y los otros que se encuentran privados de su libertad como consecuencia de una sentencia condenatoria a pena privativa de libertad. En los dos casos la privación de libertad es como consecuencia de una decisión judicial fundamentada y basada en disposiciones legales
- De este entendimiento, se puede inferir que la detención es ilegal o indebida, cuando ésta no ha sido dispuesta por autoridad competente, cuando se alarga más allá de los límites establecidos por la ley; y, cuando se la mantiene después de que se haya cumplido con la condena o merecido algún beneficio otorgado conforme a ley, asimismo, una privación de libertad puede devenir en ilegal cuando se niega sin justificativo legal alguno ante solicitud de los beneficios que franquea la ley, en ejecución de la pena
- Fragmento 13
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR