SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

1)

José Mancilla Anajía y Saúl Vargas Mérida, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal de Buena Vista, provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito cursante a fs. 21 y vta., sostienen que: 1) El accionante solo se limita a denunciar la retardación de justicia, pero no especifica dónde está la retardación;  2) Tampoco especifica donde está el incumplimiento de deberes, incidente por defectos absolutos sin resolver, sin demostrar el extremo denunciado, cuando en realidad no existe el mismo; 3) Sobre la falta de legitimación activa en el proceso, por no existir derecho propietario en el objeto de la litis, en el proceso oral ya se inicidentó al respecto, y fue rechazado mediante Resolución de 19 de mayo de 2016, habiendo efectuado el accionante reserva de apelación restringida; y,          4) Finalmente, sobre la denuncia de su privación de libertad desde 9 de abril de 2014, este aspecto es evidente, pero fue ordenado por el Juzgado de Instrucción Penal de Yapacani provincia Ichilo del departamento de Santa Cruz, conforme se tiene del mandamiento de detención preventiva; por lo que, en ningún momento se vulneró derechos constitucionales de Wilfredo Pérez Aliaga; en consecuencia, piden se deniegue la acción de libertad.