AUTO CONSTITUCIONAL 0262/2017-CA
Fecha: 22-Sep-2017
II.4. Análisis del caso concreto
El accionante solicitó se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta contra los arts. 121.20 de la LOMP y 64 inc. c) del Reglamento de Régimen Disciplinario del Ministerio Público, por ser presuntamente contrarios a los arts. 13.I, 14.I, 109.I, 115.II, 116.I, 117.I, 119.II, 180.I y II y 410 de la CPE.
Cuando se demanda la inconstitucionalidad de una norma, debe efectuarse los fundamentos jurídico-constitucionales con argumentos claros, precisando el por qué se considera que ésta atenta contra la Norma Suprema; expresando todos los aspectos concernientes a la supuesta contradicción de la Ley Fundamental, demostrando y justificando la relevancia y la duda razonable, pues sólo así, será posible que éste Tribunal Constitucional Plurinacional, ingrese al análisis de la acción de inconstitucionalidad concreta.
En ese sentido, del análisis del memorial de esta acción constitucional, se evidencia la carencia de fundamentación jurídico-constitucional; toda vez que, el accionante solo se limitó a efectuar la transcripción de los artículos de la Norma Suprema, que considera transgredidos, sentencias constitucionales, de la doctrina y jurisprudencia sobre el derecho al debido proceso en su triple dimensión, la presunción de inocencia y el derecho al trabajo, sin referir cómo las normas ahora impugnadas son contrarias a la Ley Fundamental; tampoco expresa los fundamentos suficientes que generen duda razonable a objeto de efectuar el control normativo con cada uno de los artículos invocados, menos explicó de manera clara, la relevancia que tendrá en la decisión que podría asumirse en resolución; además existe contradicción en el contenido del memorial, ya que por una parte cuestiona de inconstitucional el art. 121.20 de la LOMP y por otra, el art. 121.6, 9 y 19 de la misma Ley, careciendo de congruencia y de una adecuada argumentación clara y precisa pues no dilucida por qué y cómo las normas impugnadas transgreden a los preceptos de la Norma Suprema invocados; por ello, se evidencia que no existe sustento en la demanda.
- Autoridad Sumariante de Régimen Disciplinario de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.2. Marco constitucional y normativo
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR