SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2017

Fecha: 25-Sep-2017

I.2. Antecedentes procesales sustanciados ante la jurisdicción agroambiental

Mediante Auto Definitivo 02/2017 de 18 de mayo, cursante de fs. 67 a 68 vta., la Jueza Agroambiental de Corque del departamento de Oruro, declaró su incompetencia para conocer el proceso de reivindicación interpuesto por Julia Martínez Castillo contra Edwin Alejandro Rivero y Nelly Morales de Alejandro, indicando que las acciones reales, personales y mixtas sobre bienes inmuebles son competencia tanto de las jurisdicciones ordinaria y agroambiental, dependiendo si el régimen propietario es urbano o rural al que esté sujeto el bien inmueble objeto de la litis. Así la delimitación de la competencia entre ambas jurisdicciones responde a la ubicación del inmueble, por lo que del informe emitido por el profesional de Apoyo Técnico del mencionado Juzgado Agroambiental de 3 de mayo de 2017, Informe 010/2017 de 8 de marzo e Informe 011/2017 de 16 de mayo, emitidos por el Gobierno Autónomo Municipal de Corque, se tiene que el predio objeto de consulta se encuentra dentro del radio urbano consolidado, contando con servicios básicos de electricidad, alcantarillado y agua potable, existiendo una vivienda con tres habitaciones, cuyo perímetro se encuentra enmallado, colindando con viviendas construidas y si bien al lado existe un lote de terreno deshabitado en el cual se observa una parcela roturada; empero, todas las características del suelo son recientes, surgiendo que no existe actividad agrícola anterior ni permanente. Asimismo, la “…Ley Municipal 7/2014, Ley Autonómica de Aprobación de Radio Urbano Intensivo y Extensivo de la localidad de Corque…” (sic) no estaría homologada; finalmente concluyo que la propiedad inmueble no está consignada al desarrollo de actividades agrarias, sino más bien el uso del suelo destinado a vivienda con características urbanas, siendo por ello la autoridad competente para conocer el caso la Jueza Publica Mixta e Instrucción Primera de Corque del departamento de Oruro.