SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2017

Fecha: 25-Sep-2017

II.5.

II.5. Por Informe 011/2017 de 16 de mayo, expedido por el Técnico de Catastro, señaló que: 1) El Gobierno Autónomo Municipal de Corque cuenta con la Ley Municipal 7/2014, Ley de Aprobación de Radio Urbano Intensivo y Extensivo de la Localidad de Corque; 2) El referido ente municipal inició la homologación de su radio urbano el 9 de mayo de 2017, conforme al Decreto Supremo 2960 de 26 de octubre de 2016, que se encuentra en revisión ante el Viceministerio de Autonomías; 3) De acuerdo a Informe del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), se tiene como área urbana a la aproximación del radio intensivo, y el área de emplazamiento del terreno objeto de consulta se encuentra con asentamientos humanos estando cerca de este, equipamiento de educación y de recreación activa; 4) El área de emplazamiento del terreno cuenta con red matriz de servicios básicos, de agua potable, energía eléctrica y alcantarillado sanitario; y, 5) Concluyendo señaló que la oficina de Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Corque, definió el terreno objeto de consulta de acuerdo a la dirección indicada el 10 de mayo de 2017, señalando que dicho inmueble se encontraría dentro del radio urbano intensivo (área urbana consolidada), teniendo la red matriz de servicios básicos y dentro del área urbana reconocida por el INRA (fs. 59 a 65).