Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2017-S3
Fecha: 01-Sep-2017
II.2.
II.2. Consta proveído de 28 de julio de 2017, emitido por la autoridad demandada, por el que en aplicación del art. 251 del CPP, dispuso la remisión de antecedentes ante el “…Tribunal Departamental de Justicia, con las formalidades de ley y con nota de cortesía, para lo cual la parte apelante deberá proveer los recaudos de ley necesarios dentro el plazo de 24 horas, bajo alternativa de ley” (sic [fs. 43]).