Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2017-S3
Fecha: 01-Sep-2017
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través de sus abogados, ratificó el contenido de su memorial de acción de libertad presentado y ampliándolo manifestó que no tuvo conocimiento del señalamiento de audiencia del recurso de apelación incidental interpuesto, aspecto que provocó su indefensión y que no fue subsanada por las autoridades demandadas, quienes se negaron al señalamiento de nueva audiencia de forma “tosuda”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR