SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2017-S3

Fecha: 08-Sep-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, el Juez de la causa pronunció el Auto 122/2016 por el cual se rechazó la solicitud de revocatoria de sus medidas sustitutivas, razón por la que la acusadora particular interpuso recurso de apelación incidental, mismo que fue de conocimiento de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.

En alzada, ante la existencia de votos contrarios, la Vocal de la Sala Penal Primera  -ahora demandada- convocó al entonces Vocal de la Sala Penal Segunda -hoy Vocal de la Sala Civil Quinta y codemandado- como Vocal dirimidor, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, quien sin tener conocimiento de la causa y sin participar en audiencia definió de forma arbitraria e ilegal sin motivación y menos fundamentación junto a la primera nombrada el recurso de apelación incidental de la revocatoria de sus medidas sustitutivas y en consecuencia dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario “San Pedro” a través de la emisión del Auto de Vista 235/2016 de 21 de enero, mismo que en su contenido carece de la motivación y fundamentación legal que permita sustentar su privación de libertad, emitiendo una resolución sin considerar la proporcionalidad al hecho o ilícito cometido.