Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0888/2017-S3
Fecha: 08-Sep-2017
Fragmento 10
Los accionantes plantean la vulneración de sus derechos invocados, por cuanto: 1) El Juez demandado señaló audiencia de medidas cautelares sin previamente resolver los incidentes de actividad procesal defectuosa planteados; y, 2) El Fiscal codemandado emitió una Resolución de imputación formal carente de fundamentación y motivación, con la cual no fueron notificados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.1.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR