SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0911/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0911/2017-S2

Fecha: 18-Sep-2017

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Dentro del proceso penal que siguen contra Concepción Elma, Emiliana y Freddy Raúl, todos, Tarqui Velásquez, por la presunta comisión de los supuestos delitos de fraude comercial y otros, la Jueza de Instrucción Penal Décima Tercera del departamento de La Paz, en audiencia cautelar de 1 de diciembre de 2016, dictó la Resolución 422/2016 de la misma fecha, imponiéndoles a los nombrados imputados, medidas sustitutivas a la detención preventiva. Deducida la apelación incidental, los Vocales hoy demandados, dictaron el Auto de Vista 67/2017 de 12 de abril, confirmando la decisión de la Jueza cautelar; sin embargo, incurrieron en incongruencia omisiva, por cuanto no se pronunciaron sobre el agravio referido a la falta de proporcionalidad, toda vez que la autoridad jurisdiccional, omitió considerar que contra los encausados existían indicios de su probable autoría en la comisión de los hechos denunciados, menos tomó en cuenta la concurrencia de los riesgos procesales de peligro de fuga, contenidos en el 234. 1, 2, 4, 8 y 10 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y de peligro de obstaculización, previsto en el art. 235. 1 y 2 del mismo cuerpo legal, a más que respecto a la actividad lícita de los imputados, que supuestamente refirieron ser comerciantes y artesanos, de manera contradictoria señalaron que la valoración hecha por la autoridad jurisdiccional, respecto a la inexistencia de esa actividad era una valoración correcta que no se apartaba de los marcos de razonabilidad y legalidad, pero de manera opuesta a lo apuntado, concluyeron que dicha actividad, era evidente, que por tal razón, el arraigo departamental que se les habría impuesto, llegaba a ser una medida excesiva que limitaba la actividad comercial de los encausados, cuando la misma no fue acreditada en audiencia cautelar.