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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0958/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0958/2017-S2

    Fecha: 18-Sep-2017

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III.
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, alcance y finalidad
    • El informalismo
    • Es importante resaltar que la Constitución Política del Estado vigente, en el marco más amplio que implica la concepción de `acción de libertad´ y acorde al principio de progresividad, acentúa algunas de las características anotadas; así por ejemplo, en el caso del informalismo, contempla la posibilidad de presentación oral de la acción de libertad, antes reservada sólo a los supuestos en que la persona fuera menor de edad, incapacitada, analfabeta o notoriamente pobre; en el caso de la inmediación, además de establecer que la autoridad judicial dispondrá que el accionante sea conducido a su presencia, prevé la posibilidad de que ésta acuda al lugar de detención; asimismo, como ya se ha referido, amplía el ámbito de protección, pues la ahora acción de libertad no se limita a la protección de ese derecho, sino que alcanza al derecho a la vida, además de la posibilidad de presentarla también contra particulares
    • III.2. De la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
    • es también evidente que, cuando en la vía ordinaria existen medios o mecanismos de impugnación que de manera inmediata y eficaz puedan restituir el derecho a la libertad física o personal o el derecho a la libertad de locomoción, los mismos deben ser utilizados previamente antes de acudir a la vía constitucional a través de la acción de libertad
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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