SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0961/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0961/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Resolución de 2 de agosto de 2017, cursante de fs. 25 a 27 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que la Jueza de Instrucción Penal Sexto del citado departamento, remita en el día el recurso de apelación incidental y los actuados pertinentes, a la sala penal de turno del aludido del Tribunal, sin daños ni perjuicios; bajo los siguientes fundamentos: i) El art.251 del CPP establece el plazo de veinticuatro horas para la remisión del recurso de apelación incidental planteado contra el Auto que las impone; ii) Cuando se trata de un actuado procesal vinculado con la libertad debe emplearse la celeridad, puesto que ingresar en una demora o dilación indebida por inobservancia del plazo previsto por ley implica una lesión a ese derecho fundamental; iii) En la audiencia de 20 de julio de 2017 la accionante interpuso recurso de apelación incidental; asimismo; el 24 del mismo mes y año, solicitó la remisión de los antecedentes a la apelación incidental, acto que no se cumplió; por lo que, corresponde conceder la tutela de acción de libertad; y, iv) Con la carga procesal que soportan los juzgados de instrucción penal, la elaboración de actas corresponde a los secretarios de juzgado, no se justificó daños y perjuicios, no corresponde responsabilizar los mismos a la juez demandada.