SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2017-S2

Fecha: 18-Sep-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal instaurado en el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Cochabamba, fue imputado por el Fiscal de materia por delito de violación, a denuncia de Luisa Rios Crespo (víctima); en el referido proceso se celebró audiencia de cesación a la detención preventiva, en la cual no fue considerada la presunción de inocencia consagrada en el art. 116 de la Constitución Política del Estado (CPE) y el principio de favorabilidad; bajo el fundamento, que familiares del imputado estuvieran ejerciendo presión para transar en el conflicto, ofreciendo dinero para este fin; y no obstante, de advertir la existencia de un solo riesgo procesal, a criterio del Tribunal la medida cautelar de detención preventiva es idónea a efecto de garantizar la aplicación de la ley, conforme lo establece el art. 221 del Código de Procedimiento Penal (CPP), así consta en el Auto Interlocutorio que rechaza la cesación a la de detención preventiva.

Arguye que se interpuso el recurso de apelación incidental contra la referida resolución, ante lo cual los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declararon improcedente la misma; y en consecuencia, se confirmó la Resolución de 23 de mayo de 2017, manteniendo su detención preventiva, razonamiento contrario a los principios de favorabilidad y presunción de inocencia, en el entendido que ante un solo riesgo procesal se podía disponer una medida menos gravosa.