SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0970/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de su derecho a la libertad, al principio de celeridad y al debido proceso, toda vez que hace más de tres meses, se llevó a cabo su audiencia de medidas cautelares en el Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, y desde esa fecha no aparecen las actas y resoluciones de dicho actuado procesal, esto debido a la destitución del Juez de ese momento, así también en razón al abandono de funciones de la Secretaria abogada del mismo Juzgado, y que por esa causa hasta la fecha, no puede llevar adelante las diversas audiencias de modificación de medidas cautelares que solicitó ante la nueva autoridad jurisdiccional, siendo que al momento se encuentra con detención domiciliaria.
- acción de libertad,
- a)
- Fragmento 3
- II.2
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y la tutela del debido proceso en virtud al principio de celeridad cuando se encuentra directamente vinculado con el derecho a la libertad
- III.4. Principio de presunción de veracidad
- [1]
- III.5. Grupos vulnerables y protección especial y preferente
- III.6. Análisis del caso concreto
- POR TANTO
- 1º CONFIRMAR en parte