SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0978/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0978/2017-S2

Fecha: 18-Sep-2017

Las autoridades demandadas, realizan una persecución ilegal e indebida en contra del accionante

La SC 0650/2011-R de 3 mayo, señala: “Para conocer y resolver en revisión la Resolución pronunciada por el Tribunal de Garantías que conoció la presente problemática, previamente es imperante determinar con claridad el objeto y la causa de esta acción de libertad, razón por la cual, se tiene que en la especie, el objeto de la tutela es el pedido de resguardo al derecho a la libertad del accionante, a la defensa, al debido proceso y al acceso a la justicia. Asimismo, se establece que la causa de la petición de tutela versa sobre dos actos denunciados como lesivos al derecho del accionante: a) Las autoridades demandadas, realizan una persecución ilegal e indebida en contra del accionante, puesto que al haberse promovido una recusación, hasta que la misma sea resuelta, no podrían desarrollar ningún acto procesal, más aún cuando la petición de recusación fue presentada antes de la audiencia para la que fue citado el accionante; y, b) La supuesta ilegal citación que expresamente consigna la advertencia de librarse aprehensión contra su mandante en caso de incumplimiento, fue emitida en Sucre, para ser cumplida y efectivizada en la misma ciudad, lugar donde -en criterio del accionante-, no existe el control jurisdiccional del Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, autoridad jurisdiccional que por su competencia en razón al territorio, no podría ejercer funciones jurisdiccionales en un Distrito Judicial diferente, existiendo por tanto, una restricción absoluta de acceso a la justicia y a la defensa, puesto que en la presente problemática, el control jurisdiccional lo ejerce una autoridad con jurisdicción territorial en La Paz.