SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2017-S3

Fecha: 25-Sep-2017

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 105/2017 de 18 de agosto, cursante de fs. 44 a 45, denegó la tutela impetrada; con los siguientes fundamentos: 1) En el presente caso, la demanda se  presentó contra Eleuterio Quispe Choque y Máxima Taca Choque como personas naturales y no como autoridades indígena originario campesinas, lo que se corrobora con la relación de hechos y la documentación adjunta; 2) En cuanto a la presunta agresión sufrida el 28 de julio de 2017, pretendió denunciar ante la FELCV y FELCC de El Alto, teniéndose que existen hechos que deben ser investigados por las autoridades competentes y comprobados dentro de un debido proceso, puesto que los hechos expuestos no demuestran el estado de indefensión inminente en el cual se encuentra la demandante de modo que se haya vulnerado sus derechos conforme al art. 125 de la CPE, ni tampoco se demuestra por la documental adjunta que se hubiera acudido a las autoridades competentes; y, 3) Si bien no existe subsidiariedad excepcional de la acción de libertad cuando se denuncia violación del derecho a la vida; empero, en el caso de autos, los hechos no son inminentes debiendo acudir a la jurisdicción ordinaria a fin de solicitar medidas de protección dentro de un debido proceso, toda vez que la acción de libertad es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en caso de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares, así como a la vida cuando este en peligro.