SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1046/2017-S2
Fecha: 25-Sep-2017
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante señala que la autoridad judicial demandada, vulneró sus derechos a la libertad y al debido proceso; toda vez que, en la audiencia cautelar y de juicio de 26 de octubre de 2016, lo declaró rebelde y dispuso su aprehensión, sin tomar en cuenta que con el decreto de 4 de octubre de 2016, por el que se fijó la indicada audiencia- se le notificó en un domicilio que hace más de tres años ya no ocupaba, razón por la que considera que dicha diligencia resulta ser ilegal, abusiva y arbitraria. Por dicho motivo, por escrito de 21 de noviembre del mismo año, se apersonó ante la autoridad demandada, solicitando se deje sin efecto la indicada orden de aprehensión, ya que nunca se le notificó con ningún actuado formal; empero, la Jueza demandada, por decreto de 22 del citado mes y año, señaló: “En lo principal estese al acta de fojas 292 de fecha 26 de octubre de 2016, al otrosí. Este a lo principal debiendo el abogado patrocinante revisar el expediente, toda vez que las diligencias se han realizado conforme a ley…” (sic), razón por la cual considera que se encuentra ilegalmente perseguido e indebidamente procesado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concede
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Segundo Supuesto:
- Fragmento 12
- III.2. Incidente de actividad procesal defectuosa medio idóneo para impugnar omisiones de procedimiento que causan agravio a las partes
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- REVOCAR en todo