SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1048/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1048/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

concedió

El Juez Público Civil y Comercial Décimo del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 396/2017 de 31 de julio, cursante de fs. 50 vta. a 58 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que los demandados en el plazo de cuarenta y ocho horas, restituyan el suministro de energía eléctrica en favor del accionante, para que este pueda acceder al referido servicio básico, bajo los siguientes fundamentos: i) La potestad de suspender completamente los servicios básicos que son esenciales, está delegada únicamente a los proveedores en los casos previstos por ley, en el presente caso, como miembros integrantes de la familia del accionante, una menor de seis años y una adolescente de catorce años, que se ven afectadas por el corte de suministro de energía eléctrica, aspecto que debe ser reparado con prioridad para evitar no solo la disgregación de la familia que se obligada a salir de la vivienda en busca de ambientes que les permitan vivir dignamente, sino también para que no se vean afectados otros derechos de las menores (salud, educación); ii) El peticionante de tutela, presentó suficiente respaldo documental emitido por Notario de Fe Pública, así como diferentes solicitudes a las entidades encargadas de la provisión y regulación del servicio de energía eléctrica, mientras que la parte demandada, se limitó a negar los hechos y la vulneración de derechos, sin desvirtuar de forma incuestionable las afirmaciones de la acción tutelar; y, iii) Se alegó la vulneración del derecho de acceso a los servicios básicos; toda vez que, ante reclamos de otra índole, el accionante fue privado de energía eléctrica por más de seis meses, viéndose obligado a tener que pernoctar en las viviendas de otras personas, por tanto se evidencia la conexitud entre los hechos referidos y el derecho vulnerado en ese sentido corresponde conceder la tutela para que tanto la propietaria del inmueble como el titular del medidor, restituyan el servicio de energía eléctrica.