Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2018-RCA
Fecha: 30-Ene-2018
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en virtud de lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 9 de octubre de 2017, cursante a fs. 11 y vta., pronunciada por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías; bajo la precisión, de que el término correcto es IMPROCEDENCIA.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- “rechazar”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- “rechazo”
- CONFIRMAR