AUTO CONSTITUCIONAL 0304/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0304/2018-CA

Fecha: 01-Oct-2018

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 19 de julio de 2018, cursante de fs. 73 a 74 vta., la accionante indica que, dentro del proceso coactivo civil, interpuso Tercería de dominio excluyente; sin embargo, para la procedencia de la misma se le quiere obligar efectuar un depósito judicial equivalente al veinte por ciento del monto de la base de la subasta.

Debido a esta situación señala que el art. 180.I  de la CPE, establece con claridad que la jurisdicción ordinaria se fundamentará en los principios procesales de gratuidad y mientras que el art. 115.II de la Norma Suprema garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna y gratuita, estableciendo en ambos artículos citados, gratuidad de la justicia; por lo que, es evidente que ante la primacía de la Constitución Política del Estado establecida en el art. 410.II de la Ley Fundamental el art. 360.II CPC es inconstitucional, por tal debe ser excluido del ordenamiento jurídico.