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    AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2018-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2018-CA

    Fecha: 09-Oct-2018

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    • Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercera del departamento de La Paz
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • rechazó
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
    • La fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código, no consiste en la mera identificación de preceptos constitucionales y legales
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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