AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2018-CA

Fecha: 09-Oct-2018

a)

Mediante Resolución de 13 de septiembre de 2018, cursante a fs. 95, la presente acción normativa fue corrida en traslado, siendo respondida por los representantes legales de  COSSMIL a través de memorial presentado el 20 del mismo mes y año, cursante de fs. 99 a 104, manifestando lo siguiente: a) La acción planteada no está debidamente fundamentada; puesto que, se refiere tan sólo a dos aspectos; uno, no puede un Decreto Ley anteponerse a una Ley por jerarquía normativa; y, dos, se coartó el derecho a la impugnación, previsto en el art. 180.II de la CPE; y, b) Con estos  parámetros pretenden habilitar la consideración de esta acción; empero, no se trata de una fundamentación consistente; toda vez que, la prelación normativa no está vinculada a la decisión final en la que deberá aplicarse la norma impugnada; sin embargo, tal determinación conclusiva dependerá de la constitucionalidad de esta última; concluyendo que, para el caso la invocada Jerarquía sistemática, no es argumento sostenible para considerar la inconstitucionalidad del Decreto Ley 10173.