Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0322/2018-CA
Fecha: 09-Oct-2018
Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercera del departamento de La Paz
En consulta la Resolución 133/2018 de 25 de septiembre, cursante a fs. 105 y vta., pronunciada por la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercera del departamento de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Cristóbal Torrico Camacho, Carlos Pérez Aquize y Rolando Luis Alipaz Gómez, en representación legal de Javier Eduardo Zavaleta López, Ministro de Defensa, demandando la inconstitucionalidad del Decreto Ley 10173 de 28 de marzo de 1972, por ser presuntamente contrario a los arts. 108.1, 2 y 3, 109.II, 115.II, 180.II y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Tercera del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- La fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código, no consiste en la mera identificación de preceptos constitucionales y legales
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR