AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2018-RCA

Fecha: 02-Oct-2018

improcedencia

El citado Tribunal de garantías, por Auto 281/2018 de 17 de septiembre, cursante de fs. 51 a 52 vta.; determinó la improcedencia de la acción de amparo constitucional con base en los siguientes fundamentos: i) La notificación con el Auto de Vista 0322/2017 -motivo de la presente acción- se realizó el 6 de noviembre de ese año; efectuado el cómputo de los seis meses de plazo para la interposición de esta acción tutelar de acuerdo con el art.  55 del Código Procesal Constitucional (CPCo), tomando en cuenta que la misma fue formulada el 7 de septiembre de 2018, ha transcurrido casi un año; ii) Con relación al principio de subsidiariedad, las propias accionantes reconocen que no contestaron la apelación interpuesta por la ejecutada dejando caducar el plazo, pues argumentaron que, el resultado era previsible, sin activar el mecanismo que la ley les confiere dando lugar a un per saltum como lo prevé el art. 53.3 del CPCo.; y,  iii) El Tribunal de garantías observó el petitorio defectuoso de la acción de defensa pero este no se subsanó, reiterando omisiones advertidas en su oportunidad.