AUTO CONSTITUCIONAL 0389/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0389/2018-RCA

Fecha: 09-Oct-2018

2)

Sobre esta observación, en el memorial de subsanación los accionantes indicaron que el Reglamento ni el Estatuto del indicado Sindicato prevén mecanismos procedimentales para efectivizar los reclamos; empero, pese a ello, acudieron con sus solicitudes ante los ahora demandados, sin obtener respuesta alguna, por lo que consideran que agotaron las instancias. Sobre el particular, si bien se acompañaron notas dirigidas por los accionantes a Rolando Quisbert Layme, Secretario de Actas e Inosencio Coterhuanca Mayta, Jefe de Sector; no obstante, dichas notas carecen de una constancia de recepción; por lo que,       no se demostró que con carácter previo a la presentación de esta acción tutelar, hubieran acudido con sus observaciones a los actuales directivos, siendo evidente que no agotaron las vías intra sindicales de reclamo, como asevera el Juez de garantías, aunque con otro criterio; y,