AUTO CONSTITUCIONAL 0399/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0399/2018-RCA

Fecha: 09-Oct-2018

I.5. Síntesis de la impugnación

Manifiesta que el art. 54.II del CPCo, contempla una excepción al principio de subsidiariedad cuando la protección pueda resultar tardía y exista la inminencia de un daño irremediable e irreparable a producirse de no otorgarse la tutela, presupuestos legales que acontecen en la acción presentada; ya que, los demandados al excluir en audiencia de juicio la prueba MP-2 violaron los derechos de la víctima (Gobierno Autónomo Municipal de Tarija) a la tutela judicial efectiva y al debido proceso; consecuentemente, se requiere de la protección inmediata por el Tribunal de garantías, pues el recurso de apelación restringida al que pudieran sujetar su petición, se produciría tardíamente; es decir, se consumaría la indefensión y violación de los derechos de la víctima ante la ilegal exclusión probatoria. Además la Resolución de una eventual apelación restringida consistiría en disponer el reenvío de la causa para que nuevamente se desarrolle el juicio, conforme dispone el art. 413 del CPP, lo que sin lugar a dudas tomaría mucho tiempo.