Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0420/2018-RCA
Fecha: 23-Oct-2018
6)
6) Solicitaron la aplicación de medida cautelar, pidiendo que el Directorio se inhiba de realizar movimientos económicos de dicha institución; sin embargo, no es posible conceder ese pedido, en razón a que no precisa el daño o perjuicio irreparable que podría producirse de no adoptarse esa medida, presupuesto establecido en la SC 0664/2010-R de 19 de julio;