SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2018-S3

Fecha: 22-Oct-2018

1)

Mónica Encinas Landívar a través de su representante, luego de hacer referencia a los hechos que se discuten en la investigación penal expresó: 1) La ANB manifestó que no se habría planteado ningún acto de diligencias, cuando en los hechos se evidencia que toda la actividad investigativa ha sido propuesta por su persona; y, 2) La Constitución Política del Estado, establece que las personas gozan de la presunción de inocencia y que es la culpabilidad la que debe ser demostrada. En el caso investigado, no existe delito de contrabando, sino, un problema en el sistema operativo con el que controlan los ingresos y salidas de las mercaderías. Asimismo, sostuvo que la Resolución que declara la extinción de la acción penal, está debidamente fundamentada, basada en el principio de verdad material, porque se encuentran en proceso desde el 2012 y ninguno de los fiscales ha encontrado indicios de participación en la comisión del delito, por lo que solicitó denegar la tutela impetrada.