SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2018-S3
Fecha: 12-Oct-2018
III.2. Análisis del caso concreto
A los efectos de ingresar al análisis del acto denunciado como lesivo por el accionante, referente a la falta de notificación con el Auto de 15 de enero de 2018 que rechazó la solicitud de complementación y enmienda de la Sentencia 19/2017 de 22 de junio, provocando la ejecutoria de ese fallo, es necesario verificar con carácter previo, si la problemática planteada está relacionada con la persecución ilegal; entendida como toda acción cometida por un funcionario público o particular, destinada a restringir o limitar el derecho a la libertad, en base a una orden de detención, captura o aprehensión, sin que se cumpla con los presupuestos procesales para su emisión.
Sobre lo denunciado, referente a la falta de notificación con el Auto de 15 de enero de 2018, es necesario señalar que el Tribunal de garantías realizó un análisis del proceso penal en cuestión, en específico de la notificación efectuada al accionante con el citado Auto, la cual, según ese Tribunal se encontraría viciada de nulidad por contener defectos en la diligencia, que establece: ''Corresponde al proceso seguido por BOLIVIANA NACIONAL DIRECTOR COMANDO (…) GENERAL DE LA POLICIA C/ DE OFICIO DEL ACUSADO DR.JUAN BEYMAR PAYE MENDOZA DEFENSOR. Entregándose a Felipe Quispe Apaza. Con memorial de 5 -01-2018 enero de 2018, Auto de 15-01-2018. Mediante memorial dejado en Secretaría'' (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- bajo el primer cauce configurativo de este presupuesto de activación de la acción de libertad, se establece que la persecución ilegal o indebida, debe ser entendida como toda acción ilegal cometida por un funcionario público o un particular, conducta que implica una manifiesta y evidente persecución, acoso, búsqueda u hostigamiento, sin que exista una justa causa fundada en derecho, destinada a suprimir, restringir, perturbar o limitar el derecho a la libertad física, la vida o algún otro derecho estrictamente vinculado a éstos dos últimos
- todo acto denunciado como lesivo a los derechos a la libertad física o a la vida, referentes a órdenes de detención, captura o aprehensión, que en criterio del accionante, no cumpla con los presupuestos procesales establecidos para su legal emisión y estén destinados a suprimir, restringir o limitar el derecho a la libertad física o incluso a la vida,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- efectos de no caer en discordancias, es recomendable que sea notificado en forma conjunta con la sentencia, por cuanto ambos, tanto la sentencia como el auto complementario forman un mismo fallo, lo cual contribuiría a no causar dudas respecto al cómputo de plazos para la interposición de los recursos correspondientes
- CONFIRMAR